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Si estás en esta publicación seguramente ya sabes lo que es un Seguro de Gastos Médicos Mayores, y como más vale estar siempre prevenidos, si tienes contratado un seguro de gastos médicos mayores es necesario que sepas acerca de las diferentes formas de pago a las que tienes derecho en caso de tener que utilizar el servicio que tienes contratado. La CONDUCEF hizo la siguiente publicación.

Formas de pago en caso de utilizar el seguro

Las formas en que la aseguradora podrá indemnizarte son:
a) Pago directo en el cual el asegurado solo paga el deducible y coaseguro y la aseguradora paga directamente al médico u hospital.

b) Reembolso en el cual el asegurado paga al médico u hospital y después por medio de una reclamación presentada a la aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que hayan sobrepasado las cantidades del deducible y del coaseguro.
Para que la compañía pueda tramitar la indemnización correspondiente, es necesario que entregues toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleves a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarte la indemnización respectiva.

Cláusulas del Seguro de gastos médicos mayores que es importante que estén en tu póliza

a) Importe de la suma asegurada por evento o reclamación, por período o por la vida del
asegurado. Asegúrate de que la suma asegurada se reinstale (vuelva a ser por la misma cantidad) después de cada reclamación o periodo.
b) Que cubra cirugía estética, procedimientos odontológicos y oftalmológicos requeridos a causa de un accidente o enfermedad que sí esté cubierta.
c) Los deportes conocidos como peligrosos (automovilismo, motociclismo, tauromaquia, paracaidismo, etc.) están excluidos de estas pólizas, sin embargo, si los practicas, pueden estar cubiertos cuando se paga una extra-prima.
d) Que cuente con la cobertura de enfermedades graves, Ej.: cáncer, SIDA.
e) Si cambias de aseguradora, verifica que te respeten tu antigüedad.

Plazos para el pago de tu póliza

Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerte diversos plazos para el pago de las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son anual, semestral, trimestral o mensual. Debemos hacer notar que si eliges una forma de pago anual solo pagarás el costo del seguro en una sola exhibición, pero si eliges alguna otra diferente como puede ser el pago semestral, trimestral, etc, la aseguradora incluirá dentro del precio del seguro una cantidad extra como costo de financiamiento.
A partir de que contrates tu seguro de gastos médicos, independientemente de la forma de pago que hayas elegido (anual, semestral, trimestral, etc), de acuerdo a la ley tienes 30 días para realizar el pago de tu póliza, así como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo si no has realizado el pago del seguro la Compañía Aseguradora podrá cancelar tu póliza y no estarás protegido.
Es importante que estés enterado de que cada vez que se venza el plazo de vigencia de tu póliza, y una vez que hayas informado a tu aseguradora por medio de tu agente de seguros de tu deseo de renovarla, contarás con el plazo de 30 días señalado a partir del vencimiento de la misma.
Existen varias aseguradoras que ofrecen planes de seguros de gastos médicos, por lo que es importante que antes de decidirse por alguno, contactes a los diferentes agentes de seguros de esas Compañías para que te hagan un presupuesto en base al seguro que necesites. Con todo esto, te encontrarás en posibilidad de elegir el plan de seguros que mejor convenga a tu presupuesto y a tus necesidades. No firmes ningún documento sin leerlo, ni tampoco firmes o pagues stu póliza si no estas de acuerdo con las condiciones de la misma.
fuente: http://www.condusef.gob.mx/index.php/instituciones-financieras/aseguradoras/seguro-de-gastos-medicos-y-salud

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