La Solicitud de
Seguro
Para contratar una póliza de un Seguro de Vida, el Asegurado debe
completar un formulario denominado "Solicitud del Seguro", que
requiere información personal y médica, y el tipo de póliza y el monto del
Capital Asegurado que se quiere contratar. La Compañía utiliza ésta información
para determinar si emitirá la póliza o no, por lo tanto, es importante que se
contesten todas las preguntas, completa y honradamente, de lo contrario la
cobertura puede ser afectada. Cuando la póliza es emitida, la solicitud se
convierte en parte de la misma y, cualquier información errónea que se haya
hecho puede resultar en la disminución del Capital Asegurado, de la cobertura,
en la rescisión o la nulidad de la póliza.
La Selección del
Riesgo
La decisión de la Compañía de asegurar la vida de
un Asegurado se basa en la solicitud, el examen médico (si es requerido),
declaraciones del médico de la persona y cuestionarios especiales. Si una
Aseguradora determina que el Asegurable tiene un riesgo de muerte mayor a lo
normal, su cobertura se considera un riesgo agravado, lo que significa que la
prima será mayor que la de una prima normal o estándar.
Esta clasificación “subestándar” puede variar de
una compañía aseguradora a otra, siendo otra razón para comparar al comprar Seguros de
Vida. Una vez contratado el seguro, se debe tener en cuenta que en las pólizas
de Seguros de Vida deben estar especificados los casos en que el Asegurado debe
denunciar los casos de la agravación del riesgo. Si no lo hace, la Compañía
puede rescindir el contrato.
Sobre los
Beneficiarios
Es conveniente que:
· El Beneficiario
sepa el tipo de póliza que el Asegurado tiene, cualquier cambio que éste haga y
dónde mantiene guardada la misma.
· El Asegurado
nombre un beneficiario adicional (secundario) en caso de que el Beneficiario
primario muera antes que él.
· El Asegurado
seleccione cuidadosamente la opción de liquidación del Capital Asegurado, la
cual determinará el método por el cual la Compañía pague el beneficio (pago
único, en cuotas, etc.).
No es necesario obtener los servicios de un abogado
o pagarle a ninguna persona para hacer un reclamo por una póliza de seguro.
Simplemente, se debe comunicar con el productor o Compañía de Seguros.
El beneficiario tiene un año, contado desde que conoce
la existencia del siniestro, para reclamar la indemnización, pero en ningún
caso excederá los tres años, contados desde la ocurrencia del siniestro. Pasado
ese plazo, el seguro prescribe.
Inicio de la
Cobertura
Siempre hay alguna
demora entre la fecha de solicitud y la fecha en la cual el seguro entra en
vigor. Durante este período, no hay seguro vigente a no ser que el solicitante
haya pagado una prima con la solicitud y se haya emitido un recibo provisional
de cobertura.
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